Los parques eólicos no genera ingresos apreciables en las arcas municipales

Los parques eólicos no genera ingresos apreciables en las arcas municipales, aunque dependerá del número de aerogeneradores / potencia instalados en su término municipal, y su efecto será tanto más apreciable cuanto menor sea la población del municipio.

Para poner los datos en contexto, podemos aproximar el presupuesto de un ayuntamiento español en aproximadamente  1 millón de euros / 1.000 habitantes

Las vías de ingreso son las siguientes:

  • Inicio obra
    • ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). El ICIO es  un impuesto indirecto, que se paga una sola vez al inicio de las obras y que está regulado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento. El ICIO que suele llamarse "licencia de obras" y es un porcentaje sobre el presupuesto del proyecto que puede llegar como máximo la 4%, siendo de un 3% un valor típico, pero que depende de cada Ayuntamiento. Los Ayuntamientos pueden también tener en sus ordenanzas algún tipo de descuento para el ICIO de empresas o instalaciones tecnológicas, por ejemplo un 15% para el fomento de la industrialización o un 95% para la instalación de placas solares (Ay. Valencia) 
  • Anuales 
    • BICE (Bienes Inmuebles de Características Especial) es un impuesto directo anual.  Si hay concesión administrativa, en caso contrario es responsabilidad del propietario salvo pacto contrario. En el caso de concesión administrativa se calcula en base al valor de la instalación que se suele minorar en un 50% y al que se le aplica un porcentaje comprendido entre el 0,47 y el 1,3% del valor resultante.
    • Tasa por uso de espacio público / Alquiler de los terrenos (Anual, en caso de que sean terrenos municipales, en caso contrario será un alquiler a los propietarios). Para terrenos públicos se calcula como el 1,5% de los ingresos brutos generados. En el caso de los alquileres a particulares la cifra media ronda los 3.500€ / aerogenerador a 9.000€ (Nortes, 2023)
    • IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es un impuesto anual, que se cobra  durante el tiempo de funcionamiento efectivo del parque y que es el 0,721215% de la potencia instalada expresada en kW
  • Otros
    • Convenios: Los ayuntamientos pueden firmar convenios con las empresas para obtener beneficios adicionales en forma de formación, patrocinios, contibiuciones a las fiestas, mejoras de instalaciones, etc. 
    • Fondo de compensación:  Se trata de transferencias anuales de las Comunidades Autónomas que recauda mediante el canon eólico a los Ayuntamientos en función de la potencia instalada y como contraprestación a la realización de proyectos de medio ambiente, infraestructuras y servicios que de alguna forma compensen el impacto de la instalación del parque, depende por tanto de la legislación autonómica. Por ejemplo la Comunitat Valenciana en 2022 destinó 8,4 millones procedentes del canon eólico para compensar los 1169 MW eólicos instalados (7.000€/MW) pero se da prioridad a proyectos de aquellos municipios que no albergan parques y que por tanto no tienen ingresos pero si se ven afectados por las líneas de evacuación, la visión de los mismos o las infraestructuras como carreteras

 


Los convenios una forma se saltarse la legalidad que sale cara

Las empresas pueden pretender pagar menos y/o obtener el apoyo del ayuntamiento y  los ayuntamientos obtener ingresos  firmando convenios en los que se evite el pago de tasas e impuestos:

  • Tenemos como ejemplo el del ayuntamiento de Sayago (Zamora): "El convenio comprende la cesión a 30 años (ampliables) de los terrenos municipales (comunales). Un plazo ampliable por 3 tramos de 5 años más hasta un máximo de 45 años en total. El consistorio compensa hasta en un 95% impuestos como el ICIO o el IBI y recibirá una compensación" 
  • El 100% de los convenios (entre empresas eólicas y ayuntamientos) que revisaron los servicios jurídicos de la Diputación de Tarragona  “los consideraron de dudosa legalidad, y al no estar regulado muchos no se están cumpliendo teniendo que ir pequeños ayuntamientos a juicio contra las grandes empresas” (Ver Saladié)

Según Saladié la media de ingresos municipales es de unos 2.200€/MW por convenio y unos 3.000 €/MW por los impuestos  que representa solo el 3,4% de la facturación de las empresas eólicas.

Para hacernos una idea a groso modo de lo que suponen los ingresos podemos usar los datos que da Renomar que dice que durante las 2 décadas que están sus parques eólicos en marcha con una potencia de 493,5MW los municipios han ingresado  87 millones en todos los conceptos, si hacemos cuentas y periodificamos el ICIO  nos salen unos 8.800 € por MW/año.
 
 
UNOS NUMEROS RAPIDOS
 
Así, por ejemplo podemos de forma rápida sin entrar en detalles saber que los tres parques eólicos proyectados en el municipio valenciano de Utiel, suponen  un total de 21 aerogeneradores con una potencia total de     94,5 MW , van a suponer entre unos 300.000 y unos  800.000 € de ingresos anuales lo que supone entre el 3 y el  8% del presupuesto anual de dicho ayuntamiento que cuenta con unos 11.000 habitantes y un presupuesto anual de unos 11 millones. 
 
Según el estudio del BdE  una planta de 50 MW aumenta la renta per cápita en 138 euros/año (en el caso de la solar)  y 505 euros/año (en el caso de eólica) una vez finalizada la construcción (No indica el tamaño de la población por lo que es no decir nada)
 
 

Ver también en STOP eólicas:

 Referencias:

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